En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, ya disfrutar de él, en cualquier país.
Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
El derecho al asilo está sujeto a la interpretación de los estados ‘de recepción’. Son los estados los que otorgan o no este estatus a las personas que lo demandan.
Se pueden encontrar instrumentos internacionales que regulan el derecho al asilo, por ejemplo, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, el Protocolo de esta Convención, la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias, la Convención para reducir los casos de apatridia o la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas. Puede encontrar más información sobre las normas, convenciones, pactos, protocolos, etc., referentes a las personas que buscan asilo en la página web de Naciones Unidas sobre Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos.
Se han realizado numerosas denuncias, tanto desde Naciones Unidas como desde diferentes ONG, sobre las pésimas condiciones de detención de las personas que reclaman asilo, así como de la necesidad de establecer medidas reales y prácticas orientadas a eliminar el racismo, la discriminación racial, etc, contra aquellas personas que no son nacionales, que buscan refugio y asilo.